El auto de apertura de juicio oral, regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tiene como finalidad determinar el procedimiento aplicable según el delito que se va a enjuiciar, así como el órgano en el que se celebrará el juicio.
A continuación, explico lo que hay que saber sobre esta resolución no recurrible en cada uno de los posibles procedimientos penales.
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Contacte conmigoAuto de apertura del juicio oral en el procedimiento abreviado
Con el auto de apertura de juicio oral en el procedimiento abreviado, el investigado pasa a ser acusado formalmente. Para ello tiene que ser informado antes de sus derechos.
En este procedimiento, el auto de apertura del juicio oral contendrá:
- Breve descripción de los hechos por los que se acusa.
- Calificación de los hechos, que no será vinculante.
- Medios de prueba que pueden utilizarse en el procedimiento.
- Personas acusadas.
El juez tendrá que pronunciarse en el auto en relación a la situación del acusado, pudiendo dictar alguna de las siguientes medidas al respecto:
- Comparecencia dentro del plazo estipulado ante el Tribunal.
- Libertad.
- Libertad con fianza.
- Prisión.
También podrá pronunciarse el juez respecto a los siguientes aspectos:
- Responsabilidad civil derivada del delito.
- Bienes y efectos del delito.
En el auto también se determinará si el juicio será en el Juzgado de lo Penal o en la Audiencia Provincial, teniendo que comparecer el acusado en 3 días con abogado y procurador.
Auto de apertura de juicio oral en el procedimiento ordinario
El auto de apertura de juicio oral en el procedimiento ordinario da comienzo a la última fase del proceso, en la que tiene lugar el enjuiciamiento. En este caso, el auto de apertura lo dicta la Audiencia Provincial.
Las características del juicio ordinario son las siguientes:
- Las sesiones son orales.
- La prueba se practica bien en un solo acto, bien de la forma más próxima posible.
- Los actos procesales son públicos.
- Existe igualdad o contradicción de armas procesales entre las partes.
- Se valora la prueba.
- El juez tiene que estar presente físicamente y de forma continua en las audiencias.
Auto de apertura del juicio oral ante el Tribunal del Jurado
En el caso del Tribunal del Jurado, el auto de apertura del juicio oral es una fase intermedia en la que se produce la imputación formal del acusado.
Una vez concluida la fase de instrucción, se dicta auto de apertura de juicio oral si el juez considera que existen indicios de delito, para imputar a una persona o personas determinadas. Por lo tanto, da traslado al Ministerio Fiscal y a las partes.
El contenido del auto será el siguiente:
- Hechos objeto de la acusación respecto a los que tendrá lugar el enjuiciamiento.
- Personas a las que se podrá juzgar como acusados o terceros responsables civilmente.
- Fundamentación de la procedencia de la apertura del juicio, indicando las disposiciones legales de aplicación.
- Órgano competente para el enjuiciamiento.
En el propio auto, el Juez acordará que se deduzca testimonio de:
- Los escritos de calificación de las partes.
- La documentación de las diligencias no reproducibles que se tengan que ratificar en el juicio oral.
- El auto de apertura del juicio oral.
El juez mandará emplazar a las partes para que se personen ante el Tribunal competente para el enjuiciamiento, en un plazo de 15 días.