¿Qué son los delitos de lesa humanidad?

Delitos de lesa humanidad

Los delitos de lesa humanidad están tipificados expresamente en el Código Penal español desde la reforma introducida por la Ley Orgánica 15/2003, que entró en vigor en el año 2003. Además, estos delitos han sido modificados por dos reformas posteriores: la de la Ley Orgánica 5/2010 y la de la Ley Orgánica 1/2015.

En este analizo cómo se regulan actualmente los delitos de lesa humanidad en el Código Penal.

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¿Qué son y dónde se regulan los delitos de lesa humanidad?

Los delitos de lesa humanidad consisten en cometer una serie de hechos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil en general o contra parte de la misma.

Estos delitos están regulados en el artículo 607 bis del Código Penal. Dicho precepto establece que se consideran como delitos de lesa humanidad en todo caso los que se cometen:

  • Por pertenecer la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, discapacidad u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional.
  • En el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales, con la finalidad de mantener dicho régimen.

Es decir, en estos dos casos se apreciará siempre un delito de lesa humanidad, pero no son los únicos posibles.

Algunos ejemplos de crímenes de lesa humanidad que se han dado en la historia son los siguientes:

  • Los crímenes del apartheid en Sudáfrica entre 1948 y 1992.
  • La limpieza étnica en la antigua Yugoslavia en 1993.
  • El genocidio de Ruanda en 1994.

¿Cuál es el bien jurídico protegido en los delitos de lesa humanidad?

Bajo los delitos de lesa humanidad se protegen bienes jurídicos fundamentales: la vida, la libertad personal, la integridad (física y mental), la igualdad y dignidad.

Estos derechos se conocen como núcleo duro de los derechos humanos, y son reconocidos por multitud de Estados mediante el derecho Internacional.

¿Qué acciones pueden constituir delitos de lesa humanidad y qué penas conllevan?

Siempre que concurran los requisitos que hemos visto en el apartado anterior (que sean parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil), pueden constituir un delito de lesa humanidad los siguientes hechos:

  • Producir la muerte de una persona (prisión permanente revisable).
  • Cometer una violación (de 12 a 15 años de prisión).
  • Cometer cualquier otra agresión sexual (de 4 a 6 años de prisión).
  • Producir alguna de las lesiones del artículo 149 (de 12 a 15 años de prisión, y si se somete a las personas a condiciones de existencia que pongan en peligro su vida o perturben de manera grave su salud, o se les produce alguna de las lesiones previstas en el artículo 150, la pena es de 8 a 12 años de prisión).
  • Producir alguna de las lesiones del artículo 147 (de 4 a 8 años de prisión).
  • Deportar o trasladar por la fuerza, sin motivos autorizados por el derecho Internacional, a una o más personas a otro Estado o lugar, a través de la expulsión u otros actos de coacción (de 8 a 12 años de prisión).
  • Forzar el embarazo de alguna mujer para modificar la composición étnica de la población (de 6 a 8 años de prisión, sin perjuicio de la pena que corresponda por otros delitos, en su caso).
  • La desaparición forzada de personas (de 12 a 15 años de prisión). El Código Penal considera desaparición forzada la aprehensión, detención o el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que realizan agentes del Estado o personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o el consentimiento del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola de la protección de la ley.
  • Detener a otra persona privándola de su libertad e infringiendo las normas internacionales sobre la detención (de 8 a 12 años de prisión, y si la detención dura menos de 15 días, la pena inferior en grado).
  • Cometer tortura sobre personas que se tengan bajo custodia o control (de 4 a 8 años de prisión si la tortura es grave y de 2 a 6 años si es menos grave, y sin perjuicio de las penas que correspondan por los atentados contra otros derechos de la víctima, en su caso). A estos efectos, el Código Penal considera como tortura el sometimiento de la persona a sufrimientos físicos o psíquicos).
  • Las conductas relativas a la prostitución del artículo 187.1 (de 4 a 8 años de prisión).
  • Los casos previstos en el artículo 188.1 (de 6 a 8 años de prisión y la pena superior en grado si se comete sobre menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección).
  • Trasladar a personas de un lugar a otro, para explotarlas sexualmente, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima (de 6 a 8 años de prisión y la pena superior en grado si se comete sobre menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección).
  • Someter a alguna persona a esclavitud o mantenerla en ella (de 4 a 8 años de prisión, sin perjuicio de las penas que correspondan por concretos atentados contra los derechos de las personas, en su caso). El Código Penal establece que se entiende como esclavitud la situación de la persona sobre la que otro ejerce, incluso de hecho, todos o algunos de los atributos del derecho de propiedad, como comprarla, venderla, prestarla o darla en trueque.

Además, en todos estos casos se impondrá también las siguientes penas accesorias:

  1. Inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre 3 y 5 años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en la sentencia en su caso, atendiendo de manera proporcional a dos criterios: la gravedad del delito y las circunstancias concurrentes en el delincuente (artículo 609 bis.3).
  2. Inhabilitación absoluta, si el sujeto activo es una autoridad o funcionario público, por tiempo de 10 a 20 años (artículo 616).
  3. Inhabilitación especial para empleo o cargo público si comete el delito un particular, por tiempo de 1 a 10 años (artículo 616).

¿Quién puede cometer un delito de lesa humanidad?

Pueden ser sujeto activo de un delito de lesa humanidad:

  • El Estado.
  • Los particulares, si actúan instigados por el Estado o con su permiso.
  • Grupos u organizaciones diferentes al gobierno y a sus organizaciones paraestatales que actúan ejerciendo un poder político de facto (por ejemplo, grupos que se alzan en armas).

¿Quién puede ser víctima de un delito de lesa humanidad?

El sujeto pasivo en este delito es la población civil, sea entera o en parte. Es decir, un grupo de personas que no son combatientes activos cuando se perpetra el delito.

¿Pueden prescribir los delitos de lesa humanidad?

No, estos delitos nunca prescriben, conforme a los artículos 131.3 y 133 2 del Código Penal.

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