El prevalimiento como agravante para ciertos delitos

Prevalimiento

En el ámbito del derecho penal, determinadas circunstancias pueden aumentar la gravedad de un delito y, en consecuencia, la pena impuesta. Una de estas circunstancias agravantes es el prevalimiento, que concurre cuando el autor del delito se aprovecha de una situación de superioridad, confianza o parentesco sobre la víctima para facilitar la comisión del hecho delictivo, o bien de su condición de autoridad. 

En este artículo vamos a analizar cómo influye esta circunstancia en algunos delitos en los que las relaciones de poder o influencia pueden incidir especialmente.

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¿En qué consiste la circunstancia agravante de prevalimiento?

La agravante de prevalimiento es una circunstancia modificativa de la responsabilidad penal que se aplica cuando el autor del delito se aprovecha de una situación de superioridad, autoridad, confianza o parentesco respecto de la víctima, con el fin de facilitar la ejecución del hecho delictivo o asegurar su impunidad.

Lo relevante no es tanto la existencia objetiva de una relación jerárquica o de poder, sino el uso que el autor hace de esa situación para cometer el delito con mayor facilidad o eficacia.

Esta figura puede presentarse en dos modalidades: como circunstancia agravante genérica, aplicable a cualquier delito si concurren los presupuestos establecidos, o como agravante específica, prevista expresamente por el legislador en ciertos tipos penales.

¿En qué consiste la agravante genérica de prevalimiento?

El Código Penal solo contempla expresamente el prevalimiento como agravante genérica en el artículo 22.7.ª, en el que menciona la circunstancia de prevalerse el culpable de su carácter público. 

Sin embargo, dadas las notas definitorias de la agravante de prevalimiento, se puede entender como tal cualquier otra circunstancia agravante que consista en aprovechar el autor de los hechos una ventaja sobre la víctima que lo sitúa en una situación de superioridad con respecto a ella, con el resultado de coartar la libertad de la víctima para prestar su consentimiento o decidir.

Estas circunstancias de deducen igualmente de las agravantes de abuso de confianza, el abuso de superioridad o la circunstancia mixta de parentesco (artículos 22.2.ª, 22.6.ª y 23 del Código Penal).

Como resultado de apreciar una agravante genérica de prevalimiento, la pena prevista deberán imponerse en su mitad superior (artículo 66.1.3.ª).

¿En qué consiste la agravante específica de prevalimiento?

Por otro lado, existen agravantes específicas de prevalimiento incorporadas directamente en la descripción típica de determinados delitos. En estos casos, el Código Penal no remite a una cláusula general, sino que contempla expresamente que el uso de una posición de confianza, autoridad o influencia agrava de forma automática la pena prevista para ese tipo penal concreto.

Estas agravantes forman parte de la configuración legal del delito y actúan como elemento cualificador del mismo (creando un tipo agravado), y existen, por ejemplo, en el delito de agresión sexual, en el de acoso laboral o en el de inducción a la prostitución, como vamos a ver a continuación.

¿En qué delitos está previsto el prevalimiento como agravante específica?

La agravante específica de prevalimiento está expresamente contemplada en relación con los siguientes delitos:

Delito de acoso laboral

El artículo 173.1, párrafo tercero, castiga como acoso laboral los actos reiterados hostiles o humillantes que se realicen contra otra persona en el ámbito de una relación laboral o funcionarial prevaliéndose el autor de su relación de superioridad.

No obstante, en este caso, el prevalimiento no funciona como una circunstancia agravante, creando tipo penal cualificado, sino como un requisito necesario para poder apreciar la comisión del delito mismo, aunque, en cierto modo, supone una agravación de una conducta que sin la circunstancia del prevalimiento no sería delito (realizar actos hostiles o humillantes).

Delito de trata de seres humanos

El artículo 177.bis, apartado 5, contempla el prevalimiento como agravante del delito de trata de seres humanos, agravando la pena cuando el culpable se prevalga de su condición de autoridad, agente de la autoridad o funcionario público.

Delito de agresión sexual

El artículo 180.1.5º establece un tipo agravado de agresión sexual cuando los hechos se cometan concurriendo cualquiera de las circunstancias listadas en él, entre ellas, la agravante de prevalimiento.

Según el artículo, se da esta circunstancia cuando el culpable se haya prevalido de su posición de superioridad con respecto a la víctima, o de su relación de parentesco o de convivencia, para ejecutar el delito.

Por otro lado, el artículo 180.3 contempla a su vez el prevalimiento, por parte del culpable, de su condición de autoridad, agente de esta o funcionario público. 

Delito de acoso sexual

El delito de acoso sexual, regulado en el artículo 184 del Código Penal, contempla también la agravante específica de prevalimiento (artículo 184.2) cuando el autor se ha valido, para cometer el delito, de su situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, o sobre persona sujeta a su guarda o custodia, o con el anuncio de causar a la víctima un mal relacionado con sus expectativas en el ámbito de dicha relación.

Delito de inducción a la prostitución

También se contempla la agravante específica de prevalimiento para el delito de inducción a la prostitución (artículo 187.2.a) y en el inducción a la prostitución de menores o personas con discapacidad valiéndose de la relación de parentesco, superioridad o convivencia (artículo 188.3.b) o de la condición de autoridad del autor de los hechos (188.3.c).

Delito de descubrimiento y revelación de secretos

También se prevé un tipo agravado para el delito de descubrimiento y revelación de secretos cuando el culpable se prevale de su cargo como autoridad o funcionario público (artículo 198).

Delito de favorecimiento de la inmigración ilegal

El artículo 318 bis, apartado 4, contempla un agravamiento del delito de favorecimiento de la inmigración ilegal cuando el culpable se haya valido de su condición de autoridad, agente de la autoridad o funcionario público. 

Delito de dopaje deportivo

Por último, el artículo 362 quinquies, apartado 2.3.ª, prevé una circunstancia agravante específica de prevalimiento, que concurre cuando el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad laboral o profesional para suministrar o facilitar sustancias de dopaje a deportistas, que pongan en peligro su vida o su salud.

¿Cuáles son los requisitos de la agravante de prevalimiento?

El Código Penal se limita a enunciar el prevalimiento como una circunstancia agravante por la que el culpable se vale, para cometer los hechos, de su situación de superioridad por los motivos mencionados en todos los casos, pero no define el prevalimiento ni establece cuáles deben ser sus requisitos.

Para ello es preciso acudir a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que, en distintas sentencias, define las características del prevalimiento. 

Así, de acuerdo con, entre otras, la sentencia número 35/2009, de 5 de enero, y la sentencia número 496/2025, de 29 de mayo, para entender que existe prevalimiento, deben cumplirse los siguientes requisitos: 

Relación de asimetría y superioridad

Existe prevalimiento cuando el culpable se vale de la relación de manifiesta asimetría y superioridad que tiene con respecto a la víctima, y que anula en ella su libertad de actuación o su libre voluntad, por temer, en cierto modo, las represalias, o por sentir que no puede hacer nada para evitar los hechos.

Por tanto, el primer requisito exigible es la existencia de esa relación clara de superioridad, basada en el parentesco, la convivencia con al víctima, la superioridad con respecto a ella, o bien incluso la condición de autoridad del culpable.

Restricción de la libertad por la situación de superioridad

La víctima debe percibir esa situación de inferioridad con respecto a su agresor o al culpable de los hechos, de modo que su libertad de decidir se vea restringida, aunque no se vea eliminada del todo.

En consecuencia, en caso de dar su consentimiento a los actos, ese consentimiento estará viciado.

Aprovechamiento de esa situación de superioridad

No basta con que exista una situación de superioridad basada en distintos motivos, sino que se requiere que el autor de los hechos se aproveche de dicha situación para realizarlos.

¿Qué efectos tiene en la pena la agravante específica de prevalimiento?

En todos los casos analizados, la concurrencia de la circunstancia agravante específica de prevalimiento tiene como efecto la agravación de la pena, aunque el resultado final difiere de un delito a otro: en algunos casos, la pena del tipo básico se impondrá en su mitad superior; en otros, el Código Penal prevé una pena notablemente superior a la del mismo acto sin prevalimiento, o se añaden penas accesorias. 

Cuando la circunstancia de prevalimiento consiste en hacer uso de la propia condición de autoridad, agente de esta o funcionario público, a la pena mayor se añade la pena accesoria de inhabilitación especial o absoluta, con duración variable.

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