El prevalimiento es una agravante genérica o específica para ciertos delitos. Consiste en el aprovechamiento por parte del autor de un delito de una concreta y especial situación de confianza, superioridad o prestigio con respecto a la víctima para cometer con éxito el hecho delictivo.
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Contacte conmigo¿Qué es el prevalimiento?
El prevalimiento es el aprovechamiento de una situación ventajosa para cometer más fácilmente un delito.
Es decir, a través del prevalimiento el autor se aprovecha de las ventajas que posee con respecto a la víctima en cuanto a una posición de superioridad, confianza, prestigio o potestad para cometer o facilitar la comisión de un acto delictivo.
Se trata de una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal que agrava la pena y puede actuar como agravante genérica o específica.
Las circunstancias agravantes genéricas son elementos accidentales del delito que no condicionan la existencia del delito, mientras que las circunstancias agravantes específicas son determinantes para que se cometa el delito.
El prevalimiento como agravante genérica
El Código Penal recoge varias circunstancias de prevalimiento que pueden considerarse como agravantes genéricas. Son las siguientes:
- Prevalerse de una situación de superioridad (abuso de superioridad).
- Prevalerse de la confianza de la víctima.
- Aprovecharse del carácter público del autor del delito, ya sea autoridad o funcionario público.
- Prevalerse de una relación de parentesco entre el culpable y la víctima (circunstancia mixta de parentesco).
Son circunstancias agravantes:
(...)
2.ª Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente.
(...)
6.ª Obrar con abuso de confianza.
7.ª Prevalerse del carácter público que tenga el culpable.
(...)
Es circunstancia que puede atenuar o agravar la responsabilidad, según la naturaleza, los motivos y los efectos del delito, ser o haber sido el agraviado cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente.
Si concurre alguna de estas circunstancias en la comisión de un delito, se aplicará la pena prevista para ese delito en su mitad superior.
1. En la aplicación de la pena, tratándose de delitos dolosos, los jueces o tribunales observarán, según haya o no circunstancias atenuantes o agravantes, las siguientes reglas:
(...)
3.ª Cuando concurra sólo una o dos circunstancias agravantes, aplicarán la pena en la mitad superior de la que fije la ley para el delito.
El prevalimiento como agravante específica
Por otro lado, el prevalimiento es una circunstancia que agrava el tipo básico de varios delitos del Código Penal. La ley indica en cada uno de ellos en qué consiste dicho prevalimiento y sus consecuencias penales, ya que dependerá de la naturaleza del delito.
Algunos de los delitos en los que el prevalimiento actúa como agravante específica son las agresiones sexuales, los abusos sexuales, el acoso sexual y la prostitución, así como el descubrimiento y revelación de secretos por parte de un funcionario, los delitos societarios, el tráfico de inmigrantes y el tráfico de influencias, entre otros.
El Tribunal Supremo se ha manifestado sobre el prevalimiento en los abusos sexuales. En este sentido, define el prevalimiento como:
"Cualquier estado o situación que otorgue al sujeto activo una posición privilegiada respecto del sujeto pasivo de la que el primero no solamente se aprovecha, sino que es consciente de que le confiere una situación de superioridad, para abusar sexualmente de la víctima, que de esta forma no presta su consentimiento libremente, sino viciado, coaccionado o presionado por tal situación".
En estos casos, la situación de superioridad ha de ser notoria, evidente y manifiesta, lo que implica que ha de ser objetivamente apreciable. Además, también tiene que ser eficaz y tener la suficiente relevancia como para condicionar la libertad y viciar el consentimiento de la persona sobre la que se ejerce el prevalimiento.
Diferencias entre prevalimiento e intimidación en los delitos contra la libertad sexual
Es importante tener en cuenta la diferencia entre prevalimiento e intimidación en los delitos contra la libertad sexual.
Si se da prevalimiento, estaremos ante un delito de abusos sexuales del artículo 181.3 del Código Penal. Por otro lado, si se produce intimidación, se trataría de un delito de agresión sexual del artículo 178 del Código Penal.
Esta distinción fue determinante para dictar la SAP Navarra 38/2018, de 20 de marzo, más conocida como la sentencia de La Manada.
3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.