El recurso de apelación es un medio de impugnación que pueden utilizar las partes de un proceso cuando no están de acuerdo con una resolución judicial. De esta forma, se recurre al órgano jurisdiccional superior para que revise la sentencia.
¿Cómo funciona el recurso de apelación en el ámbito penal y en qué procedimientos se puede interponer?
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Contacte conmigo¿Qué es el recurso de apelación en el Derecho Penal?
El recurso de apelación en el ámbito penal es un recurso ordinario para que se vuelvan a valorar las pruebas practicadas y las normas aplicadas en un procedimiento ya juzgado. Este recurso se ha de interponer ante el órgano judicial que dictó la sentencia que se quiere recurrir y se resuelve por el órgano jurisdiccional superior.
El recurso de apelación en el procedimiento ordinario se regula en los artículos 222 a 232 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Por otro lado, el recurso de apelación en el procedimiento abreviado se recoge en el artículo 766, mientras que el recurso de apelación en el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos y en el juicio por delitos leves se establece en los artículos 790 a 792.
¿En qué tipo de procedimientos penales se puede interponer un recurso de apelación?
La apelación es un recurso ordinario, por lo que se admite como regla general contra todo tipo de resoluciones. No obstante, la Ley de Enjuiciamiento Criminal indica los procedimientos en los que cabe la interposición de un recurso de apelación:
- Procedimientos ordinarios.
- Procedimientos abreviados.
- Para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos (juicios rápidos).
- Delitos leves.
- Sentencias dictadas en primera instancia por la Audiencia Provincial.
- Procedimientos ante el tribunal del jurado.
Los plazos del recurso de apelación penal
Para interponer un recurso de apelación penal es necesaria la asistencia de abogado y procurador y se debe realizar a través de un escrito, entregando copias para todas las partes. Solo puede interponerse después o a la vez que el recurso de reforma.
El recurso de apelación no podrá interponerse sino después de haberse ejercitado el de reforma; pero podrán interponerse ambos en un mismo escrito, en cuyo caso el de apelación se propondrá subsidiariamente, por si fuere desestimado el de reforma.
(...)
El juez tiene que resolver el recurso al segundo día desde la entrega del escrito. No obstante, los plazos de presentación difieren en función del tipo de procedimiento:
- Procedimientos ordinarios. El plazo es de 5 días desde la última notificación.
- Enjuiciamiento de delitos leves. Se puede interponer el recurso hasta 5 días después de la emisión de la sentencia.
- Procedimientos abreviados. Las partes tienen un plazo de 5 o 10 días para presentar las alegaciones pertinentes.
- Procedimientos para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. El plazo es de 5 días.
- Procedimientos ante el tribunal de jurado. Se debe interponer en los 10 días siguientes.
Resultado de la interposición del recurso de apelación penal
Según indica el artículo 223 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una vez interpuesto el recurso de apelación el juez lo admitirá en uno o en ambos efectos (devolutivo y suspensivo), según estime procedente.
Los resultados pueden ser:
- Admisión por completo. El procedimiento continúa según las reglas de la regulación procesal penal.
- Admisión en un solo efecto, es decir, el devolutivo.
- No se admite a trámite, por lo que se mantiene la sentencia que se pretendía recurrir.
Interpuesto el recurso de apelación, el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.
Contra el recurso de apelación penal solo cabe el recurso extraordinario de revisión o el recurso de anulación.