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Soy especialista en derecho penal y pongo a su disposición mi amplia experiencia en todo tipo de casos relacionados con los delitos contra la libertad sexual.
Delito de Acoso Sexual
El acoso sexual se considerará delito y se castigará con las penas establecidas en el artículo 184 del Código Penal español, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que la solicitud de favores sexuales se produzca en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios.
- Que sea reiterado.
- Que ocasione a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante.
1. El que solicitare favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente, de prestación de servicios o análoga, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, será castigado, como autor de acoso sexual, con la pena de prisión de seis a doce meses o multa de diez a quince meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o actividad de doce a quince meses.
Si se encuentra en un procedimiento penal por un delito de acoso sexual en Valencia, ya sea como acusado o como víctima, es imprescindible que cuente con los servicios de un abogado penalista que le ayude durante todo el proceso.
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