No todos los homicidios se castigan con la misma severidad. Aunque el hecho de causar la muerte a otra persona ya constituye un delito grave, hay circunstancias que aumentan la responsabilidad del autor y justifican una pena mayor.
En esos casos, el Código Penal contempla penas más altas bajo la figura del homicidio agravado, que voy a tratar a continuación.
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Contacte conmigo¿Cuándo se comete un delito de homicidio agravado?
Existen dos supuestos en los que se comete un delito de homicidio en forma agravada:
- En los casos del artículo 138.2 del Código Penal.
- Cuando se mata a otro concurriendo alguna de las circunstancias del artículo 139.1, que es cuando se habla de asesinato.
A continuación detallo cada una de estas posibilidades.
Casos del artículo 138.2 del Código Penal
Hay que partir de la base de que el apartado 1 del artículo 138 establece la pena del tipo básico del delito de homicidio: prisión de 10 a 15 años.
Pues bien, en el apartado 2 del mismo artículo, se establece que los hechos se castigarán con la pena superior en grado, esto es, prisión de 15 años y 1 día a 22 años y 6 meses, en cualquiera de los dos casos siguientes:
- Cuando concurra en la comisión del delito alguna de las circunstancias del apartado 1 del artículo 140.
- Cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550.
A su vez, las circunstancias recogidas en el apartado 1 del artículo 140 son las siguientes:
- Que la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
- Que el hecho se produzca a continuación de un delito contra la libertad sexual cometido por el autor sobre la víctima.
- Que el autor del delito pertenezca a grupo u organización criminal.
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Contacte conmigoSupuesto del artículo 139.1: asesinato
Aunque existe cierta confusión entre los términos homicidio y asesinato que hace que se utilicen de forma errónea habitualmente, el asesinato es la forma agravada de homicidio contemplada en el artículo 139.1 del Código Penal.
Se castiga con pena de prisión de 15 a 25 años, y se produce cuando se mata a otra persona concurriendo alguna de estas circunstancias:
- Alevosía. La alevosía supone que el autor del delito lo ejecuta con medios o de forma que la víctima no se pueda defender.
- Precio, recompensa o promesa.
- Ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.
- Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra.
A su vez, el apartado 2 del artículo 139 contempla una pena agravada para el delito de asesinato para el caso de que concurra más de una de las circunstancias anteriores, y consiste en la pena en su mitad superior, es decir, prisión de 20 años y un día a 25 años.
Por otro lado, el delito de asesinato conlleva la pena de prisión permanente revisable cuando concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 140.1, que recordemos que son:
- Que la víctima sea menor de 16 años o una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
- Que el hecho tenga lugar a continuación de un delito contra la libertad sexual cometido por el autor sobre la víctima.
- Que el autor del delito pertenezca a grupo u organización criminal.
El apartado 2 del artículo 140 prevé que al reo de asesinato que haya sido condenado por la muerte de más de dos personas se le impondrá también la pena de prisión permanente revisable. Cuando se produce este supuesto, en lo relativo a la progresión a tercer grado y la suspensión de la ejecución del resto de la pena, se aplican respectivamente las reglas de la letra b) del apartado 1 del artículo 78 bis y en la letra b) del apartado 2 del mismo artículo.
Conviene apuntar que existe cierto debate respecto a si el asesinato es un homicidio agravado o no, pero se trata más de una discusión teórica en la que no merece la pena profundizar demasiado. En todo caso, es defendible entender que lo sea, ya que:
- Se tipifica dentro del título I del libro II del Código Penal, denominado “Del homicidio y sus formas”.
- Y además, los hechos de base son matar a otro, lo que se corresponde con un delito de homicidio, si bien concurren circunstancias que agravan el hecho y por tanto lo hacen merecedor de un mayor reproche penal.

